Sábado 20 Abril 2024

Vista la necesidad de pavimentar dicha zona y que el proyecto ha entrado dentro de los planes provinciales de 2021.Vistas las solicitudes de oferta y las ofertas presentadas, siendo el criterio el precio según el pliego de condiciones administrativas.Con relación al expediente de contratación menor de la obra de pavimentación y que la necesidad se justifica en la presente resolución en los términos del artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-Una vez solicitadas ofertas y realizada retención de crédito con cargo al Presupuesto del presente ejercicioVisto que el importe es inferior al umbral establecido para la contratación menor y que el plazo es inferior al año.Completado el expediente, y de conformidad con la competencia que tengo atribuida según el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, y al artículo 21.1.f de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.



RESUELVO

 

PRIMERO. - Aprobar el gasto correspondiente a la adjudicación de la contratación de la referida obra con cargo al vigente Presupuesto municipal.

SEGUNDO. - Adjudicar el contrato menor de obra de pavimentación del polígono industrial de Castrogonzalo, al contratista HERMANOS VILLAR SOCIEDAD LIMITADA, por un importe de 28.785,90 euros (IVA incluido), por plazo inferior al año.

TERCERO. - Una vez realizada la obra, incorpórese la factura correspondiente, de acuerdo con el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público -LCSP 2017-, y tramítese el reconocimiento de la obligación y pago, si procede.


CUARTO. - Notifíquese la presente resolución al contratista adjudicatario, con indicación de los recursos que sean procedentes y requerimiento para la firma del contrato y presentación la garantía que es del 5% (en este caso 1.439,30 €) en los términos de la cláusula decimocuarta de los pliegos administrativos.


QUINTO. - Publicar la adjudicación, así como dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre.

 

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